El Constitucional explicado sin ser jurista.
Amnistía, ley de nietos, choques con el Supremo y un presidente bajo sospecha. Qué es el Tribunal Constitucional, por qué existe y por qué ahora está en boca de todos.
Me lo habéis pedido varias veces: «explícanos lo del Constitucional, que ya no entiendo nada». Y es normal. Cada semana sale en los titulares, unas veces enmendando al Supremo, otras siendo acusado de trabajar para el Gobierno, y casi nadie te cuenta lo básico: qué es, de dónde sale y quién manda ahí.
Así que vamos por partes. Sin latinajos y sin tomar partido por nadie. Y con una advertencia de inicio: para entender al Tribunal Constitucional primero hay que olvidar una idea que casi todos tenemos en la cabeza.
El Constitucional no es «el tribunal más alto de España».
Lo básicoQué es (y qué no es)
El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Su trabajo no es juzgar delitos ni pleitos entre vecinos: es vigilar que las leyes y los poderes públicos respeten la Constitución. Y, ojo al dato: no forma parte del Poder Judicial. La Constitución lo regula en un título aparte (el IX), separado de jueces y tribunales (el VI).
Hace, sobre todo, cuatro cosas:
- Recurso de inconstitucionalidad. Es la vía para pedirle que anule una ley por chocar con la Constitución. Pero no puede pedirlo cualquiera: solo el presidente del Gobierno, un grupo de al menos 50 diputados o 50 senadores (así puede hacerlo la oposición), el Defensor del Pueblo y los gobiernos y parlamentos autonómicos. Un ciudadano de a pie no puede recurrir una ley directamente.
- Cuestión de inconstitucionalidad. Un juez que tiene que aplicar una ley y duda de que sea constitucional se lo pregunta antes de decidir.
- Recurso de amparo. Cualquier persona que crea que le han vulnerado un derecho fundamental (igualdad, libertad, tutela judicial, voto…) puede acudir a él, pero solo después de agotar la vía de los tribunales ordinarios.
- Conflictos de competencias. Arbitra cuando el Estado y una comunidad autónoma se pelean por quién manda en algo.
Por qué se creó y cuándo
La idea no es española. Es del jurista austriaco Hans Kelsen, que defendía que hacía falta un órgano especial, distinto de los jueces normales, para controlar que el Parlamento no se saltara la Constitución. Tras las dictaduras del siglo XX, buena parte de Europa adoptó el modelo como vacuna contra el abuso de poder.
Austria crea el primer tribunal constitucional europeo, inspirado por Kelsen.
La Segunda República española crea el Tribunal de Garantías Constitucionales, el antecedente directo. La guerra y el franquismo acaban con él.
La Constitución recupera la idea: un tribunal que garantice que la democracia no se deshace por la puerta de atrás.
Se aprueba su ley orgánica (la LOTC) y el tribunal se constituye en 1980.
Colapsado por miles de amparos, se reforma: desde entonces solo admite los que tengan «especial trascendencia constitucional».
Su sentencia sobre el Estatut catalán marca el inicio de una década en la que el tribunal pasa a estar en el centro de la política.
Cómo se elige a los magistrados
Aquí está la clave de casi todas las polémicas. Los doce magistrados no llegan por oposición. Los proponen:
- 4 el Congreso y 4 el Senado, por mayoría de tres quintos.
- 2 el Gobierno.
- 2 el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Tienen que ser juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio. Se renuevan por tercios cada tres años y eligen entre ellos a su presidente por tres años.
La mayoría de tres quintos se pensó para obligar a pactar nombres de consenso. En la práctica, PSOE y PP se reparten los cupos y cada uno propone a «los suyos». De ahí que los medios hablemos de magistrados «progresistas» y «conservadores» y que se cuente quién tiene la mayoría. Hoy la tiene el bloque progresista. Durante años la tuvo el conservador. Y las renovaciones se han bloqueado una y otra vez, según a quién le conviniera esperar.
La pirámideCómo funciona la justicia en España
Para entender el choque entre el Constitucional y el Supremo hay que ver primero la escalera.
De abajo arriba:
- Juzgados. Primera instancia, instrucción, de lo penal, de lo social, de lo contencioso… Es donde empieza casi todo.
- Audiencias Provinciales. Revisan lo que deciden los juzgados y juzgan delitos más graves.
- Tribunales Superiores de Justicia. Uno por cada comunidad autónoma.
- Audiencia Nacional. Para asuntos que afectan a toda España: terrorismo, grandes fraudes, crimen organizado.
- Tribunal Supremo. La cima del Poder Judicial, con cinco salas: civil (1.ª), penal (2.ª), contencioso-administrativo (3.ª), social (4.ª) y militar (5.ª). La Constitución dice que es el órgano superior «salvo en materia de garantías constitucionales».
Esa última coletilla es el origen de todo el lío. Porque fuera de la escalera hay más actores:
- El Tribunal Constitucional. No es un escalón más: está al lado, y solo entra cuando hay en juego la Constitución o un derecho fundamental.
- El Tribunal de Justicia de la UE (Luxemburgo), que interpreta el derecho europeo y obliga a todos los jueces españoles.
- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo), que vigila el cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
- El CGPJ, que no juzga: es el órgano de gobierno de los jueces (nombramientos, ascensos, sanciones).
El Constitucional no es el último escalón de la escalera. Es quien vigila que la escalera no se salte la Constitución.
Por qué ahoraLa amnistía: el gran pulso
La ley de amnistía del procés llevó al Constitucional al centro del ring. Esta es la secuencia:
Se aprueba la Ley Orgánica 1/2024 de amnistía para Cataluña.
El Supremo se niega a amnistiar la malversación de Puigdemont y otros líderes del procés: entiende que hubo beneficio personal, una de las excepciones de la ley.
El Constitucional avala la ley en sus sentencias, con votos particulares en contra del bloque conservador. Deja los amparos de los líderes del procés a la espera de Europa.
El TJUE concluye que la amnistía es compatible con el derecho europeo. Ojo: solo con el derecho europeo. Lo explico justo debajo.
El Constitucional, por mayoría progresista, da el amparo a Dolors Bassa y Jordi Turull: ordena al Supremo aplicar la amnistía a la malversación.
El juez del Supremo Pablo Llarena aplica la amnistía a Puigdemont y retira las órdenes de detención en España, aunque deja por escrito que sigue sin compartir el razonamiento del Constitucional.
Fíjate en el detalle: el Supremo cumple, pero dejando constancia de que discrepa. Eso es justo lo que hace saltar el debate del que hablaremos en un momento.
Por qué ahora (II)La ley de nietos y el voto del 29-N
Hoy se cumplen exactamente cuatro años de la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática (21 de octubre de 2022). Una parte de ella, conocida como «ley de nietos», permite obtener la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles que se exiliaron por la guerra y el franquismo, sin necesidad de vivir en España.
- Qué ha pasado. A petición de Vox y de la asociación Iustitia Europa, la Sala Tercera del Supremo ha suspendido de forma cautelar el voto de los nacionalizados por esta vía para las elecciones generales del 29 de noviembre, salvo que se acredite que sus ascendientes fueron exiliados.
- A cuántos afecta. A 163.020 personas.
- Por qué. El Supremo invoca el interés general y la limpieza del censo electoral mientras estudia el fondo del asunto.
- Quién se queja. El Gobierno lo critica abiertamente. El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha recurrido en amparo al Constitucional y pide medidas urgentes para que puedan votar.
- Qué dice la oposición. El PP confía en que el Constitucional no enmiende al Supremo.
El origen del caso, la instrucción que según los recurrentes cambió la ley, lo conté en Fiscalizar al poder no es elegir bando.
Actualización, 21 de octubre: el Pleno del Constitucional ha inadmitido el recurso por 10 votos a 2. Lo considera prematuro, porque el caso sigue abierto en el Supremo, que ha dado plazo a los afectados para alegar. Esta vez no se ha votado por bloques: solo dos magistrados progresistas, Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, querían admitirlo.
La pregunta incómoda¿Una tercera instancia contra el Supremo?
Esta es la gran discusión de fondo. El recurso de amparo nació para proteger derechos fundamentales, no para revisar si los jueces interpretan bien las leyes. Eso es tarea del Supremo. La pregunta es si el Constitucional se está saltando esa frontera.
Lo que dicen los críticos:
- En la sentencia de la amnistía, el Constitucional no se limitó a anular y devolver: le dijo al Supremo qué resultado debía dictar.
- Los magistrados conservadores le acusan en sus votos particulares de asumir un «indebido rol de intérprete de la legalidad ordinaria».
- Varios juristas sostienen que el amparo se está convirtiendo, de hecho, en una tercera instancia, y hay quien propone llevar el control constitucional a una sala del propio Supremo.
Lo que responden sus defensores:
- La Constitución deja claro que el Supremo es el superior «salvo en garantías constitucionales»: en derechos fundamentales, la última palabra es del Constitucional.
- El TJUE también concluyó que la amnistía encaja en el derecho europeo, así que el Constitucional no estaba solo en su lectura.
- En la ley de nietos, el tribunal se ha frenado porque la vía ordinaria no se ha agotado: rechazó el recurso del Defensor del Pueblo por prematuro.
Y un dato para quitarle dramatismo (o ponérselo): los choques entre ambos tribunales no son nuevos. Ya en los noventa hubo una sonada «guerra de tribunales» por un caso sobre la intimidad de Isabel Preysler, y en 2004 el Supremo llegó a condenar a once magistrados del Constitucional a pagar una indemnización. Lo nuevo es que hoy el choque tiene Puigdemont, elecciones y Gobierno de por medio.
La voz de la toga¿Y qué dicen los propios jueces?
Los jueces no pueden afiliarse a partidos ni a sindicatos (lo prohíbe la Constitución), así que su única forma de organizarse son las asociaciones profesionales. En España hay cuatro, y la afiliación es voluntaria: muchos jueces no están en ninguna. Conviene conocerlas para saber quién habla:
- Asociación Profesional de la Magistratura (APM). La mayoritaria, de perfil conservador.
- Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD). La progresista, de la que Conde-Pumpido fue portavoz.
- Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV). La segunda en número de miembros. Se presenta como defensora de la independencia y la neutralidad política.
- Foro Judicial Independiente (FJI). Nació precisamente para no estar adscrita a ningún bloque.
Las dos «de en medio», la Francisco de Vitoria y el Foro, son las que mejor responden a tu pregunta. Esto es lo que han dicho:
- Respetan, pero no comparten. Tras la sentencia europea, ambas mostraron respeto, pero recordaron que Luxemburgo no resolvió si la amnistía respeta la igualdad ante la ley de la Constitución española.
- Marcan la línea roja. La Francisco de Vitoria advirtió de que el Constitucional en ningún caso puede actuar como un tribunal de casación por encima del Supremo, sustituyendo su criterio al aplicar el derecho penal.
- Acatar no es aplaudir. El presidente del Foro, Roberto García Ceniceros, ha dejado claro que asume y acata la doctrina del Constitucional, aunque no la comparta.
- Un recordatorio incómodo. Ya en 2022, el Foro recordaba que el Constitucional no es Poder Judicial, aunque muchos lo olviden.
Al otro lado, Juezas y Jueces para la Democracia defiende la plena constitucionalidad de la ley de amnistía.
Y el choque ya no es solo de asociaciones:
- Dentro del propio Constitucional, cinco magistrados firmaron un voto discrepante en la sentencia de la malversación. Acusan a la mayoría de suplantar al Supremo, y de forma reiterada.
- La Sala Penal del Supremo aprovechó el auto con el que amnistiaba a Bassa, cumpliendo la orden, para responder punto por punto, en doce folios, a los reproches del Constitucional.
Una cosa sí une a las cuatro asociaciones, progresistas incluidas. En noviembre de 2023 firmaron un comunicado conjunto contra el pacto PSOE-Junts. Les preocupaba la idea de investigar a jueces por «lawfare» desde el Congreso, porque lo veían como una quiebra de la separación de poderes.
Ojo con un matiz: la Francisco de Vitoria y el Foro no son «neutrales» en este asunto concreto. Ambas se opusieron a la ley de amnistía desde el principio por considerar que vulnera la igualdad. Que no estén alineadas con un partido no significa que no tengan posición.
¿Y Europa? La Comisión Europea lleva años avisando a España en sus informes sobre el Estado de derecho. Le reprocha el bloqueo en la renovación de los órganos judiciales y le pide acercarse a los estándares europeos: que sean los propios jueces quienes elijan a una parte de su órgano de gobierno. Es decir, menos partidos y más carrera judicial.
- ¿Debe un tribunal elegido por cuotas de partido tener la última palabra sobre decisiones de jueces de carrera?
- Si el Supremo discrepa por escrito de lo que le obligan a aplicar, ¿es independencia o desobediencia con buenos modales?
- ¿Diríamos lo mismo del Constitucional si la mayoría fuera la contraria?
Conde-Pumpido y el Gobierno
Cándido Conde-Pumpido (A Coruña, 1949) preside el Constitucional desde enero de 2023. Su trayectoria explica tanto a sus críticos como a sus defensores:
- Juez de carrera desde 1974 y magistrado de la Sala Penal del Supremo desde 1995.
- Fiscal General del Estado entre 2004 y 2011, con el Gobierno de Zapatero. Es quien más tiempo ha ocupado ese cargo.
- Fue portavoz de la asociación progresista Juezas y Jueces para la Democracia.
- En 2014 aspiró a presidir la Sala Penal del Supremo; el CGPJ, de mayoría conservadora, eligió a Manuel Marchena, quien luego presidió el juicio del procés.
- Llegó a la presidencia del Constitucional como el candidato que prefería el Gobierno de Sánchez, según publicó la prensa entonces.
Por qué le critican. El PP y Vox le acusan de afinidad con el Gobierno. Le recuerdan una frase de 2006, en plena tregua de ETA, sobre que los fiscales debían «mancharse las togas con el polvo del camino», y sus votos favorables al Ejecutivo en asuntos como el estado de alarma o la amnistía. Fue el ponente de la sentencia que obligó al Supremo a amnistiar la malversación.
Por qué le defienden. Sus partidarios subrayan una larga trayectoria técnica y sostienen que esa frase lleva años sacada de contexto. Y apuntan otro dato: el recurso de la ley de nietos se ha rechazado por 10 votos a 2, con el suyo entre los diez, y no es precisamente lo que quería el Gobierno.
Mi lectura: que el presidente del Constitucional haya sido Fiscal General de un Gobierno del mismo signo que el actual es, como mínimo, una mala foto institucional. Pero sería igual de mala foto con cualquier otro partido. El problema no es una persona: es un sistema que permite que los partidos elijan a quien les va a juzgar las leyes.
Guardián, no perro guardián.
El Constitucional se creó para algo muy valioso: que ninguna mayoría, por grande que sea, pueda saltarse la Constitución. Esa función sigue siendo imprescindible.
Pero hay una diferencia enorme entre un guardián y un perro guardián. El guardián protege la casa de todos. El perro guardián defiende a quien le da de comer y le ladra al resto. Hoy, la mitad de España piensa que el Constitucional ladra al dictado del Gobierno y la otra mitad piensa lo mismo del Supremo, pero al revés. Cuando cada uno solo se fía del guardián que le da la razón, el que se queda sin protección es el ciudadano.
Mientras PSOE y PP sigan eligiendo a los magistrados por cuotas, cada sentencia se leerá como un ladrido a favor de su dueño. Y eso no lo arregla ningún magistrado: lo arregla cambiar quién los elige.
La Constitución necesita un guardián, sí. Un guardián sin amo.
— Nohemí Hervada
